Unidad Responsable de Accesibilidad
Designación de Unidades Responsables de Accesibilidad a las que obliga el Real Decreto 1112/2018, relacionado a la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público.
a) Coordinar y velar por el funcionamiento efectivo de los mecanismos de comunicación establecidos en el capítulo II ayudando a la definición, emitiendo directrices y promoviendo la existencia de los medios y procedimientos para garantizar una adecuada gestión y atención de cuantas consultas, sugerencias, comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible se reciban en cada uno de los órganos, organismos o entidades bajo su competencia.
b) Atender y dar respuesta a las reclamaciones que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 13 le sean dirigidas.
c) Revisar las evaluaciones realizadas para acogerse a la excepción del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer éstos una carga desproporcionada regulada en el artículo 7.
d) Coordinar las revisiones periódicas de accesibilidad establecidas en el artículo 17, con la colaboración, en su caso, de las Unidades de tecnologías de la información y comunicaciones.
e) Coordinar y fomentar las actividades de promoción, concienciación y formación establecidas en el artículo 8.
f) Realizar los informes que se determinen para garantizar el cumplimiento de las previsiones establecidas en el artículo 19.
g) Actuar como punto de contacto con el organismo encargado de realizar el seguimiento y presentación de informes y colaborar con las tareas que tiene asignadas.
COMPETENCIAS URA
SOLUCIONES A ABORDAR
a)
Declaración responsable con el resultado de la auditoría y la elaboración del plan de etapas con actuaciones a llevar a cabo para proceder con las mejoras efectivas de la página web del ayuntamiento bajo los criterios de obligado cumplimiento de accesibilidad web.
b)
Disposición pública de un correo electrónico que recoja todas las reclamaciones, sugerencias y solicitudes de información accesible.
c)
Revisión de la auditoría, especificación y justificación de los objetivos del plan de etapas que se van a ejecutar destacando aquellos que por implicar una carga desproporcionada no puedan llevarse a cabo.
d)
Coordinación y comunicación como expertos y asesores de accesibilidad web en dos reuniones semestrales para asesorar en los procesos a llevar a cabo para conseguir el éxito de los objetivos propuestos.
e)
Inclusión en la plataforma de la accesibilidad MAREA ACCESIBLE para fomentar las actividades de promoción, concienciación y promoción. Disponible para uso propio diferentes guías de buenas prácticas que abordan los conocimientos sobre accesibilidad web, lectura fácil, documentación accesible, atención al cliente web, entre otras).
f)
2021. Elaboración de cuatro informes trimestrales cuya entrega se realiza en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. Además de un quinto informe final anual que recoge incidencias y soluciones aportadas a cada uno de los casos expuestos. Justificando aquellos casos que por circunstancias evidenciadas no se hayan resuelto.
g)
El ayuntamiento tendrá a disposición un teléfono de contacto y correo electrónico del equipo técnico de INFINIA, que servirá como soporte en caso de necesidad. Se desarrollarán a convenir reuniones online para coordinar, comunicar y agilizar la comunicación con el responsable del ayuntamiento y el técnico de INFINIA, con el fin de progresar adecuadamente con los objetivos expuestos en la planificación.
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